¿Necesita una empresa permiso para utilizar la imagen de sus trabajadores?

¿Puede una empresa utilizar la imagen de un empleado? En este post te voy a explicar que debe hacer una empresa para poder usar la imagen de su trabajador

Hoy en día es muy habitual que las empresas utilicen la imagen de sus trabajadores para mostrar su actividad comercial, enseñar sus instalaciones, trabajos específicos y cualificados, realizar publicaciones dentro de la propia página web y en sus redes sociales.

Se trata de fotografías o imágenes que en la gran mayoría de casos utilizan sin haber obtenido un consentimiento previo por parte de los empleados. Aunque, muchas empresas incluyen una cláusula tipo en el contrato de sus trabajadores, a través de la cual el trabajador da consentimiento, en base a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y la Ley Orgánica sobre el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, para que la empresa pueda utilizar sus datos personales.

¿Necesita mi empresa permiso para utilizar la imagen de sus trabajadores?

Lo cierto es que esta cláusula tipo no permite la utilización de imágenes de los trabajadores para realizar actividades comerciales o profesionales, tal y como dictaminó la Audiencia Nacional en una sentencia del 15 de julio de 2017, a través de la cual establecía que todo empleado deberá autorizar de manera específica, cada caso en el que la empresa trate de utilizar su imagen.

Entonces… ¿Puede una empresa utilizar la imagen de un trabajador con fines comerciales?

Para que una empresa pueda utilizar la imagen de un trabajador de manera promocional, comercial o para campañas de marketing, es necesario que tenga autorización expresa y por escrito por parte del propio trabajador. En caso contrario, esa empresa no podría usarlas. Es más, el trabajador estaría legitimado para denunciar a la empresa por una violación de su derecho al honor e intimidad.

Solución: El documento de cesión de derechos de imagen

Por ello, antes de acudir a una empresa a realizar una sesión fotográfica corporativa, siempre les facilito el documento de cesión de derechos de imagen, ya que es imprescindible que las personas que van a ser retratadas den su consentimiento previamente.

De este modo, el día de la sesión los empleados están informados y ya han firmado el consentimiento en donde autorizan la utilización de su imagen personal para ser fotografiados de una forma individual o grupal.

Deja un comentario